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Se abre la vía para reclamar la devolución del ‘céntimo sanitario’

4 marzo 2010 2.493 visitas Sin comentarios
gasolina

Foto: Manu Dias, en Flickr, con licencia CC

El llamado “céntimo sanitario”, cuya denominación oficial es Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos, comenzó siendo un céntimo que las comunidades autónomas cobraban por cada litro de carburante para financiar la sanidad. Sin embargo, ahora alcanza 2,4 céntimos en toda España salvo Canarias y en algunas autonomías -Galicia, Asturias, Madrid, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña- llega a los 4,8. La Comisión Europea instó al Gobierno en 2008 a suprimirlo por oponerse a la legislación comunitaria y, ante la negativa del gobierno español, entabó una demanda contra España en el Tribunal de Luxemburgo.
Se calcula que los contribuyentes españoles podrán recuperar más de 5.000 millones del céntimo sanitario, una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declare ilegal esta figura fiscal.

Estas expectativas se basan en la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de 26 de enero, que abre la vía para la reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado por vulneración del Derecho comunitario, ya que la resolución del TJCE equipara esa vía con la ya existente por vulneración de la Constitución española.

Así, los contribuyentes podrían reclamar la devolución del ‘céntimo sanitario’ indebidamente pagado y los intereses de demora correspondientes, por infringir del Derecho comunitario, y ello dentro del plazo de reclamación por responsabilidad patrimonial previsto en la normativa interna española.

Algunas empresas de transportes de mercancías y de transportes de viajeros y otras muchas dedicadas a otras actividades que tienen un volumen importante de tributación por esta figura fiscal ya han entablado acciones judiciales y algunos de estos recursos se encuentran ya en los Tribunales Superiores de Justicia.

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